Información sobre las licencias comerciales emitidas por el Registro Central Comercial para realizar actividades en MN.
La Gaceta Oficial ha publicado el Decreto Ley No.17, “DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROCESO DE ORDENAMIENTO MONETARIO” de fecha 24 de noviembre del presente año, el cual entrará en vigor a partir del 1ro de enero del año 2021, y establece en su Capítulo II, Sección Primera, el retiro de la circulación del peso convertible en el plazo de ciento ochenta (180) días, contados a partir de la unificación monetaria y cambiaria.
Teniendo en cuenta la entrada en vigor de la unificación monetaria y cambiaria, se informa que las licencias comerciales emitidas para la realización de actividades comerciales en MN, perderán su vigencia a partir del 1ro de julio del 2021, plazo antes del cual las entidades deberán acudir a las Filiales correspondientes a solicitar la licencia comercial para operar en MN.
Ante la unificación monetaria y cambiaria, solo se inscribirán en el Registro Central Comercial, las actividades rectoradas por el Ministerio del Comercio Interior, tal como se establece en la Resolución No. 135, de fecha 25 de noviembre del presente año, emitida por este organismo, en correspondencia con lo establecido en el numeral 1, del Apartado CUARTO del Decreto No.184 referido anteriormente. De igual forma son objeto de inscripción, aquellas entidades que operan en Moneda Libremente Convertible (MLC), con independencia del organismo rector de la actividad.
Para descargar la Gaceta Oficial No. 74 Extraordinaria de 2020 De la implementación del proceso de ordenamiento monetario: https://www.gacetaoficial.gob.cu/sites/default/files/goc-2020-ex74.pdf
Para mas información sobre las nuevas tarifas descargue la Gaceta Oficial No. 70 Extraordinaria de 2020: https://www.gacetaoficial.gob.cu/sites/default/files/goc-2020-ex70_0.pdf